El Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos introduce algunos cambios y aclaraciones importantes respecto a la rehabilitación de vehículos históricos, en comparación con la normativa anterior. Este reglamento, que entra en vigor el próximo 1 de octubre, simplificará el proceso de categorización y mantenimiento de vehículos históricos. A continuación, exponemos las principales diferencias.
Simplificación del proceso de categorización como vehículo histórico
Dentro de las modificaciones más esperadas está la simplificación general del proceso para poder categorizar un vehículo como histórico. Por un lado, la tramitación de este proceso tendrá una menor duración. Por otro lado, se abaratarán los costes de forma significativa, desde los 1.000 € actuales que puede llegar a alcanzar, a algo menos de 30 € en los casos más sencillos.
Ampliación de la rehabilitación de vehículos destrozados
De acuerdo con el Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, se amplía y especifica más claramente la posibilidad de rehabilitar vehículos con certificado de destrucción o que hayan recibido un certificado de tratamiento medioambiental emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT). Anteriormente, esta rehabilitación no estaba tan explícitamente definida, y ahora se subraya que, si se acredita su interés histórico, estos vehículos pueden volver a ser clasificados como históricos y recuperados de los desguaces.
Interés histórico como justificación para catalogarse como vehículo histórico
En la nueva Normativa de Vehículos Históricos, se hace más énfasis en la necesidad de justificar que el vehículo tiene un especial interés histórico para su rehabilitación. Este interés puede estar relacionado con su inclusión en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o haber participado en un acontecimiento de trascendencia histórica. Aunque en la normativa anterior ya se contemplaba la posibilidad de rehabilitar ciertos vehículos históricos, ahora se detallan más los criterios bajo los cuales se puede hacer.
Exención de la pegatina ITV (Distintivo V-19)
Un cambio notable en el Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos es que los vehículos históricos rehabilitados o clasificados ya no tienen la obligación de llevar el distintivo V-19 tras superar la ITV. Antes, aunque se rehabilitaran como vehículos históricos, seguían teniendo que cumplir con ciertos requisitos estándar de la ITV, como la colocación de esta pegatina. Ahora, están exentos de esta obligación, lo que facilita la conservación estética de los vehículos históricos.
Posibilidad de cambiar de servicio histórico a uso habitual con el Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos
La nueva normativa también introduce una novedad importante: permite que los vehículos históricos puedan recuperar su estatus administrativo anterior, es decir, que puedan cambiar de servicio histórico a servicio habitual. Esto no estaba contemplado anteriormente y ofrece mayor flexibilidad a los propietarios, que pueden volver a usar sus vehículos de forma más regular sin las limitaciones asociadas a los vehículos históricos.
Simplificación en la Inspección Técnica de Vehículos
La nueva normativa especifica que los vehículos históricos con más de 60 años de antigüedad, así como los ciclomotores históricos, quedarán automáticamente exentos de pasar la ITV, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional en la tarjeta de ITV o en el Registro de Vehículos. Esto representa una simplificación frente a la normativa anterior, donde estas exenciones no eran automáticas y requerían procedimientos administrativos adicionales.
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