Llega una nueva normativa de tráfico: el 1 de octubre de 2026 entra en vigor buena parte de la reforma del Reglamento General de Circulación, una actualización que introduce nuevas normas y presta especial atención a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP). Aunque algunas de las novedades afectan especialmente a determinados vehículos, los cambios también tienen consecuencias para quienes circulan en coche.
Pero hay una cuestión importante: no todas las medidas anunciadas entran en vigor el 1 de octubre de 2026. Algunas se aplicarán más adelante, por lo que conviene distinguir qué cambia realmente a partir de esa fecha.
¿Qué cambia con la nueva normativa de tráfico?
La reforma del Reglamento General de Circulación busca adaptar las normas a la movilidad actual y establece por primera vez un marco específico para determinados aspectos de la circulación en vías urbanas. La nueva regulación considera usuarios vulnerables a peatones, ciclistas, motociclistas y usuarios de VMP, además de contemplar determinadas circunstancias relacionadas con la edad o las características de las personas.
Entre las principales novedades encontramos cambios que afectan a coches, motos, bicicletas, patinetes eléctricos y otros vehículos.
Cambios que afectan a coches y otros vehículos
Una de las novedades más relevantes se produce cuando existe una retención importante de tráfico. Cuando los vehículos circulen a velocidad de peatón o se encuentren detenidos debido a una retención, deberán colocarse de forma que quede un espacio central libre para facilitar el paso de los vehículos de emergencia. Es lo que la nueva normativa de tráfico denomina carril de emergencia. No se trata de un carril adicional que deba utilizarse normalmente, sino de un espacio que los vehículos deben facilitar cuando las circunstancias del tráfico lo requieran.
También llegan cambios relacionados con la circulación en condiciones de nieve en autopistas y autovías. Cuando la circulación se vea dificultada por la nieve, queda prohibido adelantar y los vehículos deberán circular por el carril derecho, siguiendo las condiciones establecidas en la normativa.

Nuevas normas para motos y ciclomotores
Las motocicletas y los ciclomotores también incorporan algunas novedades específicas.
Desde el 1 de octubre, los conductores que desarrollen su actividad profesional en motocicleta, ciclomotores, bicicletas o VMP, como los riders, deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad que cumpla los requisitos establecidos. Para los conductores particulares, seguirá siendo obligatorio utilizarlo cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de una vía interurbana.
También se establece el uso de calzado cerrado en todo tipo de vías para conductores y pasajeros de motocicletas, ciclomotores, quads y otros vehículos afectados, en todo tipo de vías. Debe cubrir todo el pie.
En cuanto a los guantes de protección, siguen siendo obligatorios en vías interurbanas, pero hay que tener cuidado con las nuevas especificaciones técnicas: se establecerán mediante una orden ministerial. Hasta que esa regulación entre en vigor, se mantienen los guantes de protección con las características utilizadas actualmente.
Algo similar ocurre con el casco. La reforma establece que deberá ser un casco homologado, pero esta parte de la norma no entra en vigor hasta el 1 de octubre de 2027.
Hay una excepción: los vehículos que tengan estructura de autoprotección y cinturones de seguridad, siempre que así conste en su documentación, quedan exentos de casco, guantes y calzado cerrado y deben utilizar el cinturón.

¿Qué cambia para los patinetes eléctricos?
Los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, también aparecen de forma específica en la nueva regulación. La normativa establece, entre otras cuestiones, que no podrán conducir VMP los menores de 15 años y deberán utilizar casco de protección. También contempla el uso del chaleco reflectante por la noche o en condiciones de baja visibilidad.
Sin embargo, nuevamente hay una excepción importante en cuanto a las fechas: la obligación de llevar alumbrado durante el día en los VMP se retrasa hasta el 1 de octubre de 2027.
Además, no hay que confundir estas novedades del Reglamento General de Circulación con otras obligaciones que afectan actualmente a los patinetes, como su inscripción en el registro correspondiente y el seguro obligatorio derivado de la normativa sobre responsabilidad civil. La DGT puso en marcha en 2026 el Registro de Vehículos Personales Ligeros como parte de este nuevo marco.

Bicicletas: más protección en la convivencia con otros vehículos
La nueva normativa introduce varios cambios para reforzar la seguridad de los ciclistas. Entre las novedades, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril en vías urbanas cuando las condiciones de seguridad lo permitan, mientras que los conductores de vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de 5 metros con los ciclistas que circulen delante de ellos por el mismo carril.
También se modifican las condiciones para adelantar a bicicletas en vías interurbanas. Se mantiene la obligación de guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros, pero, cuando la calzada tenga más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril. Además, durante el adelantamiento será necesario reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite establecido en la vía.
Para quienes circulan en coche o moto, estos cambios implican prestar especial atención a los ciclistas y adaptar la conducción cuando se comparte la vía, especialmente al circular detrás de ellos y al realizar adelantamientos. Las nuevas medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026.

¿Y qué ocurre con las autocaravanas con la nueva normativa de tráfico?
La nueva normativa también incorpora una regulación específica sobre el estacionamiento de autocaravanas. Cuando estén estacionadas, no podrán extender elementos propios que sobresalgan del perímetro del vehículo, se permiten calzos o cuñas de seguridad y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
¿Qué entra en vigor el 1 de octubre de 2026?
Para no perderse entre todas las novedades de la nueva normativa de tráfico, estas son algunas de las fechas a tener en cuenta, según el Real Decreto 518/2026 y de las últimas aclaraciones publicadas por la DGT:

Seguro para tu coche, moto o vehículo
Las normas de circulación pueden cambiar, pero hay algo que sigue siendo fundamental: contar con un seguro adecuado al vehículo que conduces y al uso que haces de él.
En Alfonso Fígares podemos ayudarte a encontrar el seguro que mejor se adapte a tu coche, moto, vehículo clásico, autocaravana u otros.
Si tienes dudas sobre qué coberturas necesitas, contáctanos y estudiaremos contigo las opciones disponibles para tu vehículo.







