Desde hace unos pocos años existe el Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, de esta forma se puede saber si algún familiar disponía de un seguro de vida.
La información se puede pedir a partir de los 15 días desde el fallecimiento y hasta un máximo de 5 años.
La información la puede pedir cualquier persona interesada.
Qué hay que hacer
Se puede solicitar de diversas maneras:
Telemáticamente. Necesitas necesariamente firma digital o DNI electrónico.
En persona o por correo ordinario, en el Registro General de Actos de Últimas Voluntades. Deberás llevar contigo la siguiente documentación:
- Tendrás que cumplimentar y presentar el modelo 790
- Aportar el Certificado de Defunción (el original o copia compulsada) expedido por el Registro Civil de la localidad donde haya fallecido, y en él debe constar el nombre de los padres del fallecido.
- Pagar la Tasa correspondiente.
Una vez presentada la solicitud, pueden tardar entre 7 días en entregarte tu certificado, hasta en el acto en algunas localidades.

Y qué pasa con otros productos financieros
Pues que para estos productos no existe ningún registro.
No obstante, en este caso, si no se dispone de la información proporcionada por el fallecido, puedes pedirla en la Agencia Tributaria, presentando toda aquella documentación que acredite la posibilidad de pedir dicha información (fallecimiento y condición de familiar): certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, libro de familia….
Este tipo de información y consultas que se pueda hacer a la Agencia Tributaria es una gran desconocida. Por ello, ruego tengas en cuenta que la documentación solicitada en cada caso (ámbito local, provincial, territorial…) pueda variar.
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