¿Quién dijo que llegó el momento de dejar de trabajar con 67 años? Eres una persona activa y la edad para ti no es ningún impedimento para seguir sintiéndote realizado y lleno de energía. Por suerte, existe la jubilación activa y en este artículo vamos a explicarte cómo puede favorecerte. ¡Sigue leyendo!
Qué es
Lo primero que debemos saber, es que la jubilación activa es para las personas que a pesar de cumplir con los requisitos para jubilarse, desean por cuenta propia continuar en su empleo tradicional, teniendo los mismos beneficios de trabajo y siguiendo bajo actividad física.
En España se introdujo la figura del pensionista activo en marzo del 2013. Donde se da la posibilidad a esas personas que quieren seguir disfrutando de su trabajo ya sea por cuenta propia o ajena y a tiempo completo o parcial siempre que cumplan ciertos requisitos.
Requisitos para la jubilación activa
Cumpliendo estos requisitos se puede acceder a la jubilación activa:
- Lo principal en el tema de la jubilación activa es haber cumplido con la cantidad establecida de cotización. A 2019 serían los casos de personas que se jubilan con 65 años acreditando 36 años y 6 meses de cotización o los que se jubilan con 65 años y 6 meses.
- Y hay que haber alcanzado la pensión máxima a la que se accede acreditando al menos 35 años y 6 meses en 2019.
- Se aplicará a todos los regímenes excepto al Régimen de Clases Pasivas, que tiene su propia normativa.
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Cuantía de la pensión en jubilación activa
Durante el periodo de jubilación activa el importe recibido de su pensión será del 50% de lo establecido inicialmente. La pensión se revalorizará cada año según se establece legalmente y esta cantidad se reducirá al 50% también. Además, debes saber que los pensionistas que estén en jubilación activa no podrán solicitar el complemento de mínimos.
Aunque existen excepciones; en el caso de que tenga un trabajador a su cargo podrá obtener el 100% de su pensión.
Y por supuesto, en el momento que termine la jubilación activa recibirá el 100% de su jubilación.
¿Se sigue cotizando en jubilación activa?
Solo cotizarán por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, con una cotización especial del 8%, que no suma para las prestaciones. Si el trabajo es por cuenta ajena; el empresario carga con el 6% y el trabajador con el 2%.
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